21/02/2026
A las Autoridades Municipales de Pelencia, se les solicita su apoyo con el ordenamiento de tránsito en la 6 avenida y 0 calle del Cantón Ojo de Agua, ya que por se una entrada y salida de un Hospital, existe un reglamento que debe cumplirse.
En Guatemala, el tránsito en avenidas con hospitales está regulado principalmente por la Ley de Tránsito (Decreto 132-96) y su Reglamento (Acuerdo Gubernativo 273-98), los cuales establecen normas estrictas para garantizar la seguridad y el acceso de emergencias.
Aquí los artículos y normativas clave aplicados por la Municipalidad de Guatemala y la Policía Municipal de Tránsito (PMT):
1. Límites de Velocidad
Artículo 112 (Reglamento): Establece que en zonas de hospitales, la velocidad máxima permitida es de 30 km/h.
Artículo 113 (Reglamento): Los conductores deben extremar precauciones y estar listos para detenerse ante el cruce de peatones o vehículos de emergencia.
2. Prohibiciones de Estacionamiento
El Artículo 153 del Reglamento de Tránsito prohíbe estacionarse en:
Frente a entradas de hospitales y centros de salud.
En lugares donde se obstruya el paso de ambulancias o vehículos de emergencia.
Frente a rampas de acceso para personas con discapacidad.
3. Uso de la Bocina y Ruido
Artículo 168 (Reglamento): El uso de la bocina debe ser estrictamente para evitar accidentes. En zonas hospitalarias, su uso innecesario está prohibido para evitar molestias a los pacientes.
Se prohíbe la circulación de vehículos con escape abierto o ruidos estridentes en estas áreas.
4. Prioridad de Paso
Vehículos de Emergencia: Según la normativa de la PMT de Guatemala, las ambulancias en servicio (con sirena y luces activas) tienen prioridad absoluta de paso. Los conductores deben ceder el carril izquierdo o detenerse según sea necesario.
5. Sanciones Comunes
La PMT supervisa rigurosamente estas áreas. Las multas frecuentes incluyen:
Estacionarse en lugar prohibido o bloquear accesos (frecuentemente sancionado con cepo o grúa).
Exceso de velocidad en zona hospitalaria.
No ceder el paso a vehículos de emergencia.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 273-98 -
Desde el 24 de Julio se solicitó el apoyo, sin respuesta alguna.
Hemos tenido problema con la entrada y salida de las ambulancias cuando hay emergencias, pickup grandes que traen a sus adultos mayores a consulta, especialistas que vienen de la capital.
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