04/02/2026
👌🏻
de la semana 🦉⚖️ SCJN VALIDA VIDEOGRABACIÓN DE ENTREVISTAS PSICOLÓGICAS A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN JUICIOS DE GUARDA Y CUSTODIA 👧🧒
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la constitucionalidad de la videograbación de entrevistas y evaluaciones psicológicas practicadas a niñas, niños y adolescentes dentro de juicios de guarda y custodia, siempre que se implementen medidas estrictas y suficientes para la protección integral de sus derechos fundamentales. El Alto Tribunal sostuvo que esta práctica es compatible con el marco constitucional cuando se orienta al interés superior de la niñez y se realiza bajo control judicial, con protocolos adecuados y personal especializado.
La Corte destacó que la videograbación evita la repetición innecesaria de entrevistas potencialmente dolorosas, lo que reduce el riesgo de revictimización de las infancias y adolescencias involucradas en procesos judiciales sensibles. Además, permite que el material probatorio pueda ser revisado posteriormente por las autoridades jurisdiccionales sin necesidad de someter nuevamente a las niñas y niños a interrogatorios o evaluaciones psicológicas adicionales, fortaleciendo así un enfoque de justicia con perspectiva de derechos humanos.
Asimismo, el Tribunal Pleno subrayó que estas videograbaciones deben resguardarse bajo estricta confidencialidad, con acceso limitado y controlado por la autoridad judicial competente. Su realización debe llevarse a cabo en espacios adecuados, seguros y con profesionales capacitados, garantizando condiciones que protejan la intimidad, dignidad y bienestar emocional de las personas menores de edad, sin comprometer la calidad del análisis pericial ni el debido proceso.
En el caso concreto, se analizó la demanda de un padre que argumentaba que la videograbación de las entrevistas psicológicas de sus hijos, dentro de un juicio de guarda y custodia, vulneraba su derecho a la intimidad, la privacidad y su derecho de defensa. No obstante, la Suprema Corte concluyó que, al existir salvaguardas suficientes y control judicial sobre el uso del material, dicha práctica no constituía una violación a derechos fundamentales, por lo que se negó el amparo solicitado.
📌 Amparo en Revisión 397/2024
🗓️ Resuelto por el Pleno de la SCJN el 29 de enero de 2026
🔍 Búho Penal | Justicia con enfoque en derechos humanos y protección de la niñez 🦉