31/07/2026
¿Sabías que…?
En México, un psicólogo no puede realizar cualquier intervención relacionada con la salud solo por ser psicólogo.
Aunque la Psicología forma parte de las profesiones de la salud, su ejercicio tiene límites establecidos por la legislación mexicana y por los códigos de ética de la profesión.
Por ejemplo, el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud establece qué profesionales están facultados para prescribir medicamentos. Los psicólogos no se encuentran entre ellos, por lo que no pueden prescribir, modificar tratamientos farmacológicos.
Asimismo, el artículo 79 de la Ley General de Salud reconoce que disciplinas como la Psicología, la Terapia del Lenguaje, la Terapia Física y la Terapia Ocupacional corresponden a ámbitos profesionales distintos, cada uno con requisitos propios de formación y acreditación. Por ello, ser psicólogo no habilita por sí mismo para ejercer profesionalmente las funciones propias de esas otras disciplinas.
Este principio también se encuentra respaldado por el artículo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativa al Ejercicio de las Profesiones, el Código Ético de la Sociedad Mexicana de Psicología y el Código de Ética de la FENAPSIME, los cuales establecen que todo profesionista debe ejercer únicamente dentro de los límites de su competencia profesional.
Como paciente, tienes derecho a recibir atención de un profesional que actúe dentro de sus competencias, conocer su formación y cédula profesional, y ser referido a otro especialista cuando tu caso así lo requiera. Conocer tus derechos también es una forma de cuidar tu salud.
¿Sabías que…?
En México, un psicólogo no puede realizar cualquier intervención relacionada con la salud solo por ser psicólogo.
Aunque la Psicología forma parte de las profesiones de la salud, su ejercicio tiene límites establecidos por la legislación mexicana y por los códigos de ética de la profesión.
Por ejemplo, el artículo 28 Bis de la Ley General de Salud establece qué profesionales están facultados para prescribir medicamentos. Los psicólogos no se encuentran entre ellos, por lo que no pueden prescribir, modificar tratamientos farmacológicos.
Asimismo, el artículo 79 de la Ley General de Salud reconoce que disciplinas como la Psicología, la Terapia del Lenguaje, la Terapia Física y la Terapia Ocupacional corresponden a ámbitos profesionales distintos, cada uno con requisitos propios de formación y acreditación. Por ello, ser psicólogo no habilita por sí mismo para ejercer profesionalmente las funciones propias de esas otras disciplinas.
Este principio también se encuentra respaldado por el artículo 5° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativa al Ejercicio de las Profesiones, el Código Ético de la Sociedad Mexicana de Psicología y el Código de Ética de la FENAPSIME, los cuales establecen que todo profesionista debe ejercer únicamente dentro de los límites de su competencia profesional.
Como paciente, tienes derecho a recibir atención de un profesional que actúe dentro de sus competencias, conocer su formación y cédula profesional, y ser referido a otro especialista cuando tu caso así lo requiera. Conocer tus derechos también es una forma de cuidar tu salud.