18/05/2026
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En México la publicidad médica y odontologica es regulada por la Secretaría de Salud desde 1984, y se invita a los pacientes a verificar que los creadores de contenido y quien se publicita o sólo de tips educativos y si no cumplen pueden poner quejas en su plataforma oficial de la de manera anónima y fácil a quien no cumple con los requisitos, entre ellos todo profesional de la salud aunque solo de “tips médicos o científicos ” y se sustente como médico u odontólogo general y/o especialista en un área, odontológica, enfermería, o afín en cada publicación y/o video deberá exhibir: nombre completo tal cual aparece en su Título profesional , número de cédula profesional, tanto de general como especialidad, universidad que expidió título etc y lo más importante el número de autorización por parte de Cofepris que avala que ese profesional ya tiene un Permiso o Aviso de publicidad otorgado por esta autoridad regulatoria y que se publicita bajo las normas actualizadas.
1984: Con la promulgación de la Ley General de Salud (LGS) el 7 de febrero, la Secretaría de Salud obtuvo facultades explícitas para el control y vigilancia de la publicidad de servicios médicos.
La regulación de la publicidad médica por parte de la COFEPRIS comenzó formalmente en 2001, año en que se creó este organismo desconcentrado de la Secretaría de Salud.
Además No basta con tener el aviso o permiso, debes publicar de manera correcta para que tus pacientes corroboren esta información y sepan que eres un profesional en regla, hemos visto sanciones por parte de Cofepris a doctores que si tramitaron su aviso o permiso de publicidad pero no lo colocan de manera adecuada o su manera de publicar no cumple con todos los requisitos o casos más graves que tramitaron un aviso y en realidad les aplicaba permiso 🫠
Esta medida claramente se toma para minimizar los riesgos de que gente sin preparación académica hable de temas que desconoce, y más si estos temas pueden ocasionar daños reales a la integridad de la sociedad.
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